TEDI - Test del Edificio
Para poder solicitar ayudas es un requisito general y obligatorio incluir en el proyecto de rehabilitación una evaluación técnica del edificio, visada por un Colegio Profesional.
Hasta la entrada en vigor de la ITE, el 23/02/2011, el documento utilizado por la administración para conocer el estado de conservación de un edificio era el TEDI, actualmente derogado.
Aquellos edificios que a la entrada en vigor de la ITE, hayan sido sometidos al TEDI, test del edificio, y los propietarios de los que hayan llevado a cabo las obras requeridas por la Administración para la subsanación de deficiencias pueden obtener el certificado de aptitud del edificio con la calificación de apto. En este caso, la vigencia del certificado de aptitud del edificio es de diez años desde la fecha de evaluación positiva del test del edificio.
Por otro lado aquellos edificios que a la entrada en vigor de la ITE, hayan sido sometidos al test del edificio y los propietarios de los que no hayan sido requeridos para llevar a cabo obras de subsanación de deficiencias, o bien todavía no las hayan llevado a término, pueden utilizar válidamente el TEDI para solicitar el certificado de aptitud del edificio correspondiente y para acogerse a programas públicos de fomento de la rehabilitación siempre que dicho test del edificio tenga una antigüedad máxima de 24 meses desde su fecha de emisión, anterior a la entrada en vigor de la ITE.